Descripción:
Tipo: Concurso-Oposición.
Cuerpo: Policía local.
Escala: C
Convocatoria: Pendiente
Examen: Pendiente
Salario: 1400 - 2000 euros aproximadamente.
Nº de plazas: Plazas diarias
Programa: 38 temas
TIPO EXAMEN: Dependiendo de cada ayuntamiento habrán diferentes pruebas de evaluación, las más habituales son las siguientes:
- Prueba aptitudinal: Cuestionario tipo test sobre el programa y/o conocimientos cultura general.
- Prueba psicotécnica: Ejercicios psicotécnicos aptitudinales y/o personalidad.
- Pruebas físicas: Establecidas según cada ayuntamiento.
Objetivos:
Consigue un trabajo fijo, con flexibilidad horaria y bien remunerado. Preséntate al Ayuntamiento que decidas. Hay numerosas plazas.
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Destinatarios:
Según la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad corresponde al cuerpo de Policía Local las siguientes funciones:
- Proteger a las autoridades de las corporaciones locales y vigilancia o custodia de sus edificios e instalaciones.
- Ordenar, señalizar y dirigir el tráfico en el casco urbano, de acuerdo con lo establecido en las normas de circulación.
- Instruir atestados por accidente de circulación dentro del casco urbano.
- Policía administrativa, en lo relativo a las Ordenanzas, Bandos y demás disposiciones municipales dentro del ámbito de su competencia.
- Participar en las funciones de Policía Judicial.
- Prestar auxilio, en los casos de accidente, catástrofe o calamidad pública, participando, en la forma prevista en las Leyes, en la ejecución de los planes de Protección Civil.
- Efectuar diligencias de prevención y cuantas actuaciones tiendan a evitar la comisión de actos delictivos en el marco de colaboración establecido en las Juntas de Seguridad.
- Vigilar los espacios públicos y colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y con la Policía de las Comunidades Autónomas en la protección de las manifestaciones y el mantenimiento del orden en grandes concentraciones humanas, cuando sea requerido para ello.
- Cooperar en la resolución de los conflictos privados cuando sean requeridos para ello.
Requerimientos:
- Ser español o tener la nacionalidad española.
- Edad mínima generalmente 18 años y no superar los 30 años (aunque en algunos ayuntamientos se amplía la franja de edad).
- Estatura mínima 1.70 hombres, 1.65 mujeres (generalmente aunque puede variar dependiendo del ayuntamiento).
- Certificado en ESO o equivalente en Aragón, Cataluña, País Vasco, Madrid y Ceuta, y Bachiller, FP II o equivalente en el resto de Comunidades Autónomas.
- Permiso de conducir exigido en el ayuntamiento, generalmente A, B y BTP.
- No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
- No haber sido condenado por delito doloso a penas privativas de libertad mayores de tres años, a menos que se hubiera obtenido la cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas, salvo que hubiera sido debidamente rehabilitado, ni pertenecer al mismo Cuerpo a cuyas pruebas selectivas se presenten.