Requerimientos:
- Ser español o poseer la nacionalidad de un Estado de la Unión Europea.
- Edad: depende de la oposición puede varias de una localidad a otra entre 16 y 18 años.
- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
- Estar en posesión o en condiciones de obtener, el título de Graduado en Educación Secundaria (ESO) o de otro equivalente académico o superior. Formación Profesional específica de grado medio, 2º BUP, Formación Profesional primer grado o equivalente.
- No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.
- No estar incurso en causa legal de incapacidad o incompatibilidad según la norma vigente, dejando a salvo el derecho de opción que ésta otorgue.
Observaciones:
Pruebas y Calificaciones:
El procedimiento de selección de los aspirantes será el concurso-oposición libre y constará de las siguientes fases:
1. Fase de oposición.
La fase de oposición constará de un ejercicio dividido en dos partes:
a)
Prueba teórica: Consistente en contestar por escrito un cuestionario de cincuenta preguntas tipo test, más cinco de reserva para posibles anulaciones, en un tiempo máximo de sesenta minutos, elaborado por el Tribunal, con cuatro respuestas alternativas y una sola correcta, basado en el contenido completo del programa. El ejercicio se calificará con 0,20 puntos por cada respuesta correcta y se penalizará con -0,05 puntos por cada respuesta incorrecta, no puntuándose las preguntas no contestadas. Este ejercicio se valorará de cero a diez puntos, siendo necesario obtener cinco puntos para poder realizar el segundo ejercicio.
b)
Prueba práctica: Consistente en la realización de un ejercicio múltiple de carácter práctico relacionado con el programa reflejado en estas bases y con el puesto de trabajo y con las funciones a desarrollar.
En esta prueba se valorarán los conocimientos del puesto de trabajo, el nivel de formación y la técnica.
El ejercicio se valorará de cero a diez puntos, siendo necesario obtener al menos cinco puntos para superar el ejercicio.
La calificación final de cada ejercicio de oposición vendrá determinada por el resultado de dividir la suma de puntuación otorgada por cada miembro del Tribunal por el número de asistentes de aquél.
La calificación final de la oposición vendrá determinada por la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios que componen aquella.
Cada parte del ejercicio se calificará independientemente con una puntuación de cero a diez puntos, debiendo alcanzarse un mínimo de cinco puntos en cada una de ellas para superar la prueba.
El conjunto de la fase de oposición no podrá superar los veinte puntos.
2. Fase de concurso.
Esta fase sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición. La valoración de los méritos se realizará en base a los siguientes conceptos y puntuaciones:
Méritos académicos.
–Titulación académica: Titulación superior a la exigida en la presente convocatoria: 1 punto (sólo se valorará una titulación por cada aspirante).
Cursos de formación y perfeccionamiento sobre materias directamente relacionadas con la plaza a la que opta, impartidas por organismos oficiales:
Cursos de una duración de diez a treinta y nueve horas lectivas: 0,25 puntos por cada curso Cursos de una duración de cuarenta a setenta y nueve horas lectivas: 0,50 puntos por cada curso. Cursos de una duración de ochenta horas en adelante: 1,00 punto por cada curso.
La puntuación máxima en este apartado de cursos no podrá ser superior a 5 puntos.
Meritos profesionales.
Experiencia profesional: Por cada mes completo de servicios prestados como auxiliar administrativo, bien sea como funcionario o laboral, en cualquier Administración Pública: 0,15 puntos por mes (se despreciarán las fracciones inferiores a treinta días) y hasta un máximo de 2 puntos